Relaciones internacionales

Programa de Movilidad Estudiantil Lenguas 90


Descargar aquí evaluación de propuestas presentadas para la convocatoria Lenguas 90 edición 2010

1. Introducción

El Programa de Movilidad Estudiantil Lenguas 90 (L90) de la Facultad de Lenguas de la  Universidad Nacional de Córdoba le facilita la posibilidad a estudiantes de la FL, UNC realizar una estadía académica en una universidad extranjera, con posibilidad de gestionar el reconocimiento de las materias que hayan aprobado.
Sus objetivos son incrementar la cantidad de estudiantes de la FL, UNC que realizan una experiencia internacional en su carrera de grado y promover entre la población estudiantil la cultura académica de la movilidad internacional.

2. Financiamiento del programa
El Programa de Movilidad Estudiantil Lenguas 90 (L90) de la Facultad de Lenguas será financiado con los fondos provenientes de las tasas de servicios no académicos dispuestos según Ordenanza del HCS 16/08 en sus artículos 19 y 20.

3. Términos generales de la convocatoria
El  L90 estará dirigido exclusivamente a los estudiantes inscriptos en carreras de grado de la FL, UNC, quienes podrán realizar un semestre en alguna de las universidades extranjeras ofertadas en la presente convocatoria.

Las movilidades se ejecutarán en el primer semestre siguiente al de la selección de los estudiantes, de acuerdo al calendario académico y administrativo de la universidad de destino.

El estudiante realizará una selección previa de las asignaturas a cursar en la universidad de destino, que detallará en el Formulario de Solicitud del L90, el que deberá ser aprobado por las autoridades de la Facultad de Lenguas en la UNC.

La universidad de destino tiene la facultad sobre la admisión final de los estudiantes propuestos por la Facultad de Lenguas de la Universidad Nacional de Córdoba. El otorgamiento de ayuda económica queda condicionado a dicha admisión.

Los participantes permanecerán inscriptos en la UNC durante el período de permanencia en la universidad extranjera.

La Unidad Académica de origen del estudiante deberá otorgar el reconocimiento académico correspondiente a los cursos tomados y aprobados por los estudiantes en la universidad de destino, en la medida en que hayan sido los mismos aprobados en su formulario de solicitud.

4. Plan de estudios y reconocimiento académico
Como parte integrante del impreso de solicitud, cada estudiante incluirá un plan de asignaturas a cursar en la universidad a la que se postula. Para ello, deberá referirse al Coordinador Académico de la Facultad de Lenguas.
Las universidades de destino no otorgarán título oficial alguno a los estudiantes argentinos. Éstos gestionarán el reconocimiento de estudios en la FL, UNC, de acuerdo a las regulaciones de esta Facultad.
Para el reconocimiento académico de los estudios realizados, los estudiantes deberán cumplir las normas que se le indiquen sobre la elaboración del programa de estudios antes de su incorporación a la universidad de destino.

5. Universidades de destino
Para esta convocatoria inicial, a fin de respetar los plazos de solicitud de admisión de cada contraparte extranjera, se incluyen las siguientes universidades, sin perjuicio de que en cada convocatoria el listado de universidades pueda variar de acuerdo a la efectividad de los convenios específicos que mantiene la Facultad de Lenguas:

UNIVERSIDAD
Universidad de Magdeburgo Hochschule- Stendal
http://www.hs-magdeburg.de/

Universidad de Colonia - Alemania
http://www.uni-koeln.de/

Universidad de Bologna - Italia
http://www.unibo.it/Portale/default.htm

Universidad de Kassel
http://cms.uni-kassel.de/unicms/

Universidad de Cuenca, Ecuador
http://www.ucuenca.edu.ec/

o ganadores de plazas en la última convocatoria del Programa Cuarto Centenario de la UNC (que no reciban ayuda económica de dicho programa).

6. Requisitos
Nacionalidad argentina
Estar matriculado en la Facultad de Lenguas de la Universidad Nacional de Córdoba y tener aprobado, al momento de presentación a la convocatoria, al menos todas las materias correspondientes a los dos primeros años de su carrera de grado
Tener pasaporte vigente
En caso de postularse a una universidad no hispanohablante, poseer dominio del idioma de la universidad de destino y cumplir con los requisitos que dicha universidad establezca
Cumplir con los requisitos específicos exigidos por la universidad de destino.

7. Documentación a presentar
Los candidatos deberán presentar por duplicado la siguiente documentación:
Copia impresa del Formulario de Participación (podrá decargarse de la página web de la Secretaría de Extensión y Relaciones Internacionales de la Facultad de Lenguas www.fl.unc.edu.ar o bien ser solicitado a sri@fl.unc.edu.ar )
Certificado Analítico
Certificado de Alumno Regular
Currículum vitae
Copia del pasaporte con vigencia mínima de seis meses posterior a la fecha de finalización prevista de la estadía.
Foto carnet (4x4)
Carta de motivación indicando las razones de la solicitud y la selección del plan de estudios.

No se recibirán expedientes incompletos ni solicitudes extemporáneas.

8. Fecha límite de presentaciones
19 de noviembre del 2010 en la sede de la Secretaría de Extensión y Relaciones Internacionales de la Facultad de Lenguas. Cada estudiante podrá postularse a una sola universidad.

9. Selección
Se conformará una Comisión Ad-Hoc que estará compuesta por una autoridad de la Secretaría de Extensión y Relaciones Internacionales, una autoridad de la Secretaría de Asuntos Estudiantiles y 1 miembro del Honorable Consejo Directivo, todos con sus respectivos suplentes.
Dicha Comisión realizará un Orden de Méritos en base a una valoración de antecedentes académicos de los estudiantes participantes. Las ayudas económicas se otorgarán en función de este Orden de Méritos.
La admisión final de los participantes será determinada por la universidad de destino.

10. Resolución
La resolución definitiva será debidamente publicada en la página web de la Facultad de Lenguas y en la sede de la mencionada Secretaría. La inexactitud en las circunstancias declaradas dará lugar a la denegación o revocación de la admisión al intercambio.
La presente convocatoria quedará sujeta a las pertinentes leyes de procedimiento administrativo argentino.

11. Obligaciones de los estudiantes
Presentar, en tiempo y forma, toda la documentación requerida en la convocatoria.

Cumplir con las normativas vigentes en el país y universidad de destino.

Cumplir con las exigencias o requisitos necesarios para la regularización y/o promoción/aprobación de las asignaturas seleccionadas. Los estudiantes de intercambio estarán sujetos a las mismas condiciones de regularización, promoción y aprobación de materias que los estudiantes de la universidad de destino.

Dar cumplimiento al plan de estudios acordado, ya sea en su versión original o de acuerdo con las modificaciones posteriores que se introdujeren en la universidad de destino.

Completar las actividades exigidas en el plan de estudios de la carrera que cursen en la universidad de destino, asistir regularmente a clase, y participar en todas las actividades de seguimiento, control, evaluación y de carácter administrativo establecidas por dicha universidad.

Comunicar al coordinador académico de la Facultad de Lenguas, UNC, las eventuales modificaciones en el plan de estudios previamente acordado.

Gestionar la visa de estudiante en tiempo y forma.

Contratar un seguro de accidente, salud, vida y repatriación que cubra las contingencias que puedan producirse durante su período de permanencia en la universidad de destino, incluyendo los viajes de ida y regreso. Ningún estudiante será admitido en una universidad extranjera si no dispone de este seguro.

Proporcionar a la universidad de origen y de destino sus antecedentes de salud para su mejor atención ante cualquier contingencia: intervenciones quirúrgicas, alergias, tratamientos en curso, medicación actual, vacunas y demás información que considere pertinente.

Hacerse cargo de los costos correspondientes a los materiales de estudio, insumos y toda cuota por servicios o actividades no incluidos en este programa.

Tener presente en todo momento las responsabilidades inherentes a la representación de su universidad y de su país de las que de hecho quedan investidos, y actuar en consecuencia.

12. Renuncia
En el caso de que se produzca la renuncia del estudiante tras la adjudicación de la beca, ésta deberá hacerse por escrito y será remitida a la Secretaría de Extensión y Relaciones Internacionales, Facultad de Lenguas.
La renuncia sin causa justificada, así como la omisión de su comunicación, dará lugar a la exclusión del estudiante en futuros procesos de selección en cualquier programa de becas promovido desde la Secretaría de Extensión y Relaciones Internacionales, Facultad de Lenguas.

13. Financiamiento de las movilidades
Los estudiantes seleccionados quedan eximidos del pago de tasas académicas en la universidad de destino.
Adicionalmente, se asignarán ayudas económicas a las propuestas mejor evaluadas, atendiendo a la disponibilidad de fondos del F90 y al Orden de Méritos que realizará la Comisión Ad-hoc evaluadora de las postulaciones.

14. Informes y Solicitudes
Secretaría de Extensión y Relaciones Internacionales, Facultad de Lenguas, Universidad Nacional de Córdoba. Av. Vélez Sarsfield 187 - Tel: 433-1075 (int. 30)
E-mail: sri@fl.unc.edu.ar

Descargar solicitud de inscripción aquí